Fecha de Publicación: 20/03/1973
Página: 641-A
Carilla: 1

CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 423

   A partir de la publicación de la presente ley, la Comisión Honoraria 
de Contralor de Medicamentos tendrá intervención en el asesoramiento de 
la industria sobre importación, exportación, distribución y 
comercialización de los medicamentos de uso humano.

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