Fecha de Publicación: 20/03/1973
Página: 641-A
Carilla: 1

CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 375

   Los cargos que se crean en el Programa 11.05 serán destinados al 
Departamento de Matrimonios, Legitimaciones y Reconocimientos 
proveyéndose con actuales funcionarios del programa quienes ascenderán a
ellos conforme a las normas legales y reglamentarias en vigor. Los cargos
que queden vacantes serán llenados con los funcionarios en comisión en la
Dirección General del Registro de Estado Civil al 30 de noviembre de 1972
y subsidiariamente con funcionarios de la planilla de disponibilidad 
previa prueba de suficiencia suprimiéndose de las mismas el cargo que 
hasta entonces ocupaban.

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