Fecha de Publicación: 20/03/1973
Página: 641-A
Carilla: 1

CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 340

   Establécese en el Inciso 10 "Ministerio de Obras Públicas", una 
partida anual de $ 30:000.000 (treinta millones de pesos) para contratar estudiantes de ingeniería, agrimensura, arquitectura, ciencias económicas
y agronomía, que hayan aprobado segundo año de facultad, para colaborar 
en el estudio de las obras a su cargo.

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