Fecha de Publicación: 20/03/1973
Página: 641-A
Carilla: 1

CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 334

   Las promociones dentro del Escalafón Secundario y de Servicio (Ad) del
Programa 01 del Inciso 10 "Ministerio de Obras Públicas", se realizarán de la siguiente forma: el personal de portería y limpieza se considerará como formando un Sub-Escalafón y dentro de éste se realizarán las promociones.

   El personal del Código Ad del Servicio de Locomoción se considerará 
como integrando otro Sub-Escalafón y dentro de éste se realizarán las 
promociones.

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