Fecha de Publicación: 20/03/1973
Página: 641-A
Carilla: 1

CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 313

   El Poder Ejecutivo podrá acordar rebajas sobre las tarifas que 
regulan los distintos servicios que afectan a los buques nacionales y a 
las cargas por ellos transportadas, a título de promoción y estímulo a la
Marina Mercante Nacional.

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