Fecha de Publicación: 20/03/1973
Página: 641-A
Carilla: 1

CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 30

   Derógase el artículo 50 de la Ley Número 13.835, de 7 de enero de 
1970, manteniéndose la partida asignada por el artículo 278 de la misma 
ley y aumentándose en $ 10:000.000 (diez millones de pesos) anuales, el Rubro 1 del Programa 2.05 para gastos de arrendamiento de la sede de la Oficina, autorizándola a utilizar esta última partida en amortización de una eventual adquisición de inmuebles.

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