Fecha de Publicación: 20/03/1973
Página: 641-A
Carilla: 1

CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 255

   Autorízase al Ministerio de Industria y Comercio a contratar personal 
Técnico-Profesional y Especializado, para ser afectado al cumplimiento de
funciones de asesoramiento directo de dicha Secretaría de Estado, con 
cargo a la partida de $ 30:000.000 (treinta millones de pesos) Rubro 0, Renglón 021, del Programa 8.01. Estas contrataciones no podrán exceder el
plazo de un año.

   El Poder Ejecutivo reglamentará la presente disposición, dentro de los
sesenta días de la publicación de la presente ley.

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