Los importes de las multas y comisos que decrete la Dirección de
Contralor Legal del Ministerio de Ganadería y Agricultura, serán distribuidos en la siguiente forma:
a) 50% (cincuenta por ciento) a Rentas Generales;
b) El producido restante se destinará a la Dirección de Contralor
Legal, para aplicarse al cumplimiento de sus fines específicos.
Este monto se depositará en el Banco de la República Oriental del
Uruguay, en una cuenta especial denominada "Ministerio de Ganadería
y Agricultura" Dirección de Contralor Legal "CUENTA
31305/570" a la orden del Ministerio de Ganadería y Agricultura.