Fecha de Publicación: 20/03/1973
Página: 641-A
Carilla: 1

CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 219

   Facúltase al Ministerio de Ganadería y Agricultura para pagar con 
cargo a los Proventos de la Dirección de Sanidad Animal, los gastos de 
cualquier naturaleza que demanden los saneamientos compulsivos que realice, conforme a las leyes respectivas, y cuyo importe será 
reintegrado a dicha cuenta cuando los interesados lo hagan efectivo.

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