CONSEJO DE MINISTROS
Las designaciones para desempeñar funciones en el exterior, tanto permanentes como transitorias, sólo podrán recaer en funcionarios cuya idoneidad moral sea inobjetable a juicio del Poder Ejecutivo y cuya foja de servicios acredite ausencia absoluta de irregularidades administrativas de entidad (Sumarios). INCISO 7 MINISTERIO DE GANADERIA Y AGRICULTURAAyuda