Fecha de Publicación: 20/03/1973
Página: 641-A
Carilla: 1

CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 124

   Decláranse cargos de particular confianza, los de Director de los 
Establecimientos Carcelarios y Director del Hospital Penitenciario, 
incluyéndoseles en la nómina establecida en el artículo 145 de la Ley 
Nº 12.802, de 30 de noviembre de 1960.

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