LEY DE PRESUPUESTO NACIONAL DE RECURSOS




Fecha de Publicación: 04/01/1973
Página: 21-A
Carilla: 1

CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 157

   Autorízase al Ministerio de Economía y Finanzas a fijar el precio de
venta de los formularios que se utilicen para la liquidación y pago de 
los impuestos recaudados por la Dirección General Impositiva.
   El referido precio de venta estará determinado por el costo de dichos
formularios, de acuerdo a la información que en tal sentido proporcione 
la Dirección General Impositiva.
   De igual modo se procederá con las estampillas, sellos o marcas de 
identificación de bienes, que no justifiquen ingreso fiscal directo.
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