LEY DE SEGURIDAD DEL ESTADO Y DEL ORDEN INTERNO




Fecha de Publicación: 12/07/1972
Página: 78-A
Carilla: 1

MINISTERIO DEL INTERIOR

Fe de erratas publicada/s: 17/07/1972.

Artículo 15

   En los casos de delitos de Lesa Nación cometidos por civiles, la gracia 
podrá ser otorgada por la Suprema Corte de Justicia integrada de acuerdo al inciso 1° del artículo 72 del Código de Organización de los Tribunales Militares, cuando lo considere pertinente, de conformidad con lo 
dispuesto en el artículo 109 del Código Penal.


                             CAPITULO II


Ayuda