Fecha de Publicación: 09/01/1970
Página: 49-A
Carilla: 1

MINISTERIO DE HACIENDA

Artículo 88

  Modifícase el artículo 29 de la Ley número 13.737, de 9 de enero de
1969, estableciéndose que la compensación mensual por riesgo de función será del 25 % (veinticinco por ciento) de los respectivos sueldos básicos.
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