Fecha de Publicación: 09/01/1970
Página: 49-A
Carilla: 1

MINISTERIO DE HACIENDA

Artículo 66

  Destínase para la Prefectura General Marítima y por una sola vez la 
cantidad de $ 1:500.000 (un millón quinientos mil pesos) para la instalación de las Prefecturas de los Puertos de Paysandú y Salto y la 
Sub-Prefectura del Puerto de Bella Unión.
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