Fecha de Publicación: 09/01/1970
Página: 49-A
Carilla: 1

MINISTERIO DE HACIENDA

Artículo 50

  Modifícase el artículo 111 de la Ley número 13.737, de 9 de enero de 
1969, estableciéndose que el inmueble que por el mismo se declara de utilidad pública a los efectos de su expropiación, se destinará a la Oficina Nacional del Servicio Civil.
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