Fecha de Publicación: 09/01/1970
Página: 49-A
Carilla: 1

MINISTERIO DE HACIENDA

Artículo 350

  Del mayor producido del impuesto a los combustibles en el Ejercicio
1970, se afecta la cantidad de $ 25:000.000 (veinticinco millones de
pesos) mensuales con destino a las Intendencias Municipales del Interior,
que se distribuirá de acuerdo a coeficientes establecidos en función de
la extensión territorial y población de los departamentos respectivos.
  La Oficina de Impuestos Internos depositará directamente la suma
indicada en el inciso anterior en una cuenta abierta al efecto en el
Banco de la República y de la que podrán disponer los Organismos beneficiarios de acuerdo a los coeficientes indicados.
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