Fecha de Publicación: 09/01/1970
Página: 49-A
Carilla: 1

MINISTERIO DE HACIENDA

Artículo 262

  Amplíase el plazo establecido en el artículo 17 de la Ley N.o 13.597,
de 27 de julio de 1967, a 180 (ciento ochenta) días.

            CAJA DE COMPENSACIONES POR DESOCUPACION
                 EN LA INDUSTRIA FRIGORIFICA
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