Fecha de Publicación: 09/01/1970
Página: 49-A
Carilla: 1

MINISTERIO DE HACIENDA

Artículo 177

  Fíjase una partida de $ 8.000 (ocho mil pesos) mensuales, para gastos
de representación del Fiscal de Corte y Procurador General de la Nación,
a cuyo efecto la Contaduría General de la Nación habilitará el crédito 
respectivo en el Renglón 081 del Programa 11.06.
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