Fecha de Publicación: 09/01/1970
Página: 49-A
Carilla: 1

MINISTERIO DE HACIENDA

Artículo 153

  Declárase que el artículo 114 de la Ley N° 13.737, de 9 de enero de 
1969, se aplicará a todos los funcionarios de la Dirección General de 
Telecomunicaciones que hayan sido promovidos a partir de la vigencia de la Ley N.o 13.640, de 26 de diciembre de 1967, a cargo de la Dirección 
Nacional de Comunicaciones.
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