Autorízase la enajenación del inmueble ubicado en la calle Colonia N°
945, en la ciudad de Montevideo, sede de la Dirección de Catastro
Nacional, debiéndose invertir su producido en la adquisición de inmuebles destinados a dicha Repartición y a su equipamiento.
La enajenación deberá efectuarse por los procedimientos que
corresponden, de acuerdo con las normas vigentes.
CAPITULO X
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES