Fecha de Publicación: 09/01/1970
Página: 49-A
Carilla: 1

MINISTERIO DE HACIENDA

Artículo 132

  Autorízase la enajenación del inmueble ubicado en la calle Colonia N° 
945, en la ciudad de Montevideo, sede de la Dirección de Catastro 
Nacional, debiéndose invertir su producido en la adquisición de inmuebles destinados a dicha Repartición y a su equipamiento.
  La enajenación deberá efectuarse por los procedimientos que 
corresponden, de acuerdo con las normas vigentes.

                             CAPITULO X

                 MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
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