Fecha de Publicación: 09/01/1970
Página: 49-A
Carilla: 1

MINISTERIO DE HACIENDA

Artículo 102

  Destínase una partida de $ 65:000.000 (sesenta y cinco millones de 
pesos) anuales y de 6:500.000 pesos (seis millones quinientos mil pesos) anuales para el personal de la Policía Activa de la Jefatura de Policía de Montevideo y de la Dirección de Policía Caminera, respectivamente, por el cumplimiento de servicios extraordinarios.

                            CAPITULO IX

                      MINISTERIO DE HACIENDA
Ayuda