Fecha de Publicación: 10/11/1969
Página: 373-A
Carilla: 1

MINISTERIO DE HACIENDA

Artículo 84

   La contratación y las gestiones necesarias para la transformación de 
la sociedad, estarán exoneradas de impuestos, derechos de inscripción en 
los Registros Públicos y demás tributos que las graven, en cuanto sea 
necesario a los efectos de dicha transformación.
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