Fecha de Publicación: 10/11/1969
Página: 373-A
Carilla: 1

MINISTERIO DE HACIENDA

Artículo 43

   Fíjase el impuesto de monto fijo establecido en el artículo 133 de la 
ley N° 13.637, de 21 de diciembre de 1967, aumentado por el decreto 
número 740, de 10 de diciembre de 1968, conforme a lo dispuesto por el artículo 125 de la ley N° 13.695, de 24 de octubre de 1968, en la suma de 
$ 28.00 (veintiocho pesos) por cada medio litro o fracción.

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