Fecha de Publicación: 21/01/1969
Página: 165-A
Carilla: 1

MINISTERIO DE HACIENDA

Artículo 85

   Autorízase al Poder Ejecutivo para enajenar los predios adquiridos de 
conformidad con lo establecido en el artículo 10 y siguientes del 
decreto-ley N° 10.200 de 24 de julio de 1942 y a destinar su producto 
para financiar la compra o construcción del edificio sede del Ministerio de Ganadería y Agricultura.

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