MINISTERIO DE HACIENDA
Autorízase al Poder Ejecutivo para enajenar los predios adquiridos de conformidad con lo establecido en el artículo 10 y siguientes del decreto-ley N° 10.200 de 24 de julio de 1942 y a destinar su producto para financiar la compra o construcción del edificio sede del Ministerio de Ganadería y Agricultura.Ayuda