MINISTERIO DE HACIENDA
Los subsidios que se establecen en beneficio de Entes Autónomos Industriales y Comerciales, serán adjudicados por el Ministerio de Hacienda, y su aplicación en los Entes será supervisada a través del Ministerio correspondiente, que someterá trimestralmente un informe sobre la gestión del Ente al Poder Ejecutivo. SECCION VII FONDO NACIONAL DE INVERSIONESAyuda