Fecha de Publicación: 21/01/1969
Página: 165-A
Carilla: 1

MINISTERIO DE HACIENDA

Artículo 146

   Fíjase para los integrantes de la Orquesta Sinfónica del Servicio Oficial de Difusión Radioeléctrica (OSSODRE) una compensación equivalente 
al 30 % (treinta por ciento) de sus sueldos básicos que se percibirá independientemente de todo lo que pueda corresponder a los mismos. A ese efecto, auméntase la partida que sirve al rubro respectivo, en la suma necesaria.

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