Fecha de Publicación: 21/01/1969
Página: 165-A
Carilla: 1

MINISTERIO DE HACIENDA

Artículo 103

   Los cargos presupuestados del inciso 9, Ministerio de Transporte, 
Comunicaciones y Turismo, tendrán las denominaciones que establecen los 
artículos 13 y 14 de la presente ley, para los escalafones generales sustituyéndose las actuales denominaciones por las que correspondan de acuerdo con el Código y el grado que posean.

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