Fecha de Publicación: 27/12/1968
Página: 893-A
Carilla: 1

MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

Fe de erratas publicada/s: 05/02/1969.

Artículo 84

   Autorízase a todas las entidades de derecho público no mencionadas 
en el artículo anterior a integrar hasta el 50 % (cincuenta por ciento) 
de sus reservas en Obligaciones Hipotecarias Reajustables.
Ayuda