Fecha de Publicación: 27/12/1968
Página: 893-A
Carilla: 1

MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

Fe de erratas publicada/s: 05/02/1969.

Artículo 208

   Encomiéndase a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, en forma 
transitoria, las funciones asignadas en la presente ley a la Dirección 
Nacional de Vivienda. Esta disposición regirá hasta la aprobación del primer Plan de Vivienda de acuerdo a los artículos 3.o, 4.o, 5.o y 6.o y
la puesta en marcha, de la Dirección Nacional de Vivienda.
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