MINISTERIO DE GANADERIA Y AGRICULTURA
La importación, la exportación, el procesamiento, el almacenamiento,
la distribución y la venta de semillas sólo se podrán efectuar por
quienes se hayan inscripto en el Registro que llevará el Ministerio de Ganadería y Agricultura en la forma que establezca la reglamentación.
CAPITULO V
Disposiciones Generales
SECCION I
Normas y análisis
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