REGIMEN DE ALQUILERES DESALOJOS Y LANZAMIENTOS




Fecha de Publicación: 06/06/1968
Página: 477-A
Carilla: 1

MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

Fe de erratas publicada/s: 24/06/1968.

Artículo 83

   La presente ley se aplicará a los arrendatarios y subarrendatarios 
de fincas urbanas, suburbanas y núcleos poblados y las disposiciones de 
la misma que establezcan beneficios para los inquilinos sólo podrán invocarse por quienes tengan la calidad de buenos pagadores, con 
excepción de lo establecido en el Capítulo IX, en lo pertinente, cuyas normas se aplicarán igualmente para los inquilinos malos pagadores.

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