REGIMEN DE ALQUILERES DESALOJOS Y LANZAMIENTOS




Fecha de Publicación: 06/06/1968
Página: 477-A
Carilla: 1

MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

Fe de erratas publicada/s: 24/06/1968.

Artículo 106

   La comisión por administración a cargo del inquilino generada por 
la suscripción del contrato de arrendamiento no podrá exceder el uno por 
ciento sobre el monto contractual de la locación; será abonada en no 
menos de seis cuotas mensuales consecutivas conjuntamente con el 
alquiler.

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