REGIMEN DE ALQUILERES DESALOJOS Y LANZAMIENTOS




Fecha de Publicación: 06/06/1968
Página: 477-A
Carilla: 1

MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

Fe de erratas publicada/s: 24/06/1968.

Artículo 102

   Los inquilinos que adquieran los inmuebles de los cuales son arrendatarios con una antigüedad como tales no menor de dos años, estarán 
exonerados en la parte que les corresponda del impuesto que grava las traslaciones de dominio y adicionales, sellado y derechos de inscripción en el Registro.

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