MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
Fe de erratas publicada/s: 24/06/1968.
Los contratos de arrendamientos que se celebren con posterioridad al 1º de junio de 1968 con destino a casa-habitación, estarán exonerados del 50 % (cincuenta por ciento) del tributo de papel sellado y timbres.Ayuda