Fecha de Publicación: 30/01/1968
Página: 517-A
Carilla: 1

CONSEJO DE MINISTROS

Fe de erratas publicada/s: 02/02/1968, 05/02/1968.

Artículo 370

Deróganse las contribuciones de Rentas Generales con destino al Banco de
Previsión Social, Caja de Industria y Comercio establecidas por las leyes
Nos. 10.959, de 28 de octubre de 1947, artículo 12, y 12.996, de 28 de
noviembre de 1961, artículo 26.
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