Fecha de Publicación: 30/01/1968
Página: 517-A
Carilla: 1

CONSEJO DE MINISTROS

Fe de erratas publicada/s: 02/02/1968, 05/02/1968.

Artículo 139

Los funcionarios titulares de cargos de Sub- Intendente de 1ra. en el
Programa 04 "Recursos Naturales Renovables" podrán ser destinados a
desempeñar tareas manuales de cualquier naturaleza, relacionadas con las
actividades a cargo del Ministerio de Ganadería y Agricultura. El Poder
Ejecutivo pasará a otro Programa o a una planilla de disponibilidad a los
Sub-Intendentes de referencia, cuyos servicios no se consideren
necesarios por la Dirección Forestal.
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