Fecha de Publicación: 30/01/1968
Página: 517-A
Carilla: 1

CONSEJO DE MINISTROS

Fe de erratas publicada/s: 02/02/1968, 05/02/1968.

Artículo 132

Todos los cargos técnicos, especializados administrativos y de servicio
de los Programas II y III de Investigación y Experimentación Agropecuaria
y de Extensión y Asistencia Técnica, respectivamente, se proveerán por
contratación de acuerdo con el régimen vigente.
Asimismo, se proveerán por contratación por igual régimen, todos los
cargos técnicos y especializados correspondientes al Programa IV de
Desarrollo de los Recursos Naturales Renovables.

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