Fecha de Publicación: 22/12/1965
Página: 317-A
Carilla: 1

MINISTERIO DE INSTRUCCION PUBLICA Y PREVISION SOCIAL

Artículo 21

   (Obligatoriedad de Presentación de la Hoja de Cotización). - El afiliado que al 30 de abril de cada año no haya presentado la Hoja de Cotización correspondiente al año inmediato anterior, para su registro 
por la Caja, perderá el derecho a la computabilidad de dicho año.
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