MINISTERIO DE INSTRUCCION PUBLICA Y PREVISION SOCIAL
Ley 13.321
Se destina determinada suma para la erección de un monumento mausoleo al
General Leandro Gómez, en la Ciudad de Paysandú.
Poder Legislativo.
El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del
Uruguay, reunidos en Asamblea General,
DECRETAN:
Artículo 1
Destínase la cantidad de $ 400.000.00 (cuatrocientos mil pesos) para
la erección de un monumento mausoleo al General Leandro Gómez, en la ciudad de Paysandú.
Los recursos a que se refiere este artículo serán atendidos con cargo
a Rentas Generales.
Por el Consejo: GIANNATTASIO. - JUAN E. PIVEL DEVOTO. - General PABLO C. MORATORIO. - DANIEL H. MARTINS. - ADOLFO TEJERA. - Luis M. de Posadas
Montero, Secretario.