Fecha de Publicación: 19/01/1965
Página: 205-A
Carilla: 1

MINISTERIO DE HACIENDA

Artículo 37

   Fíjase un nuevo plazo de ciento ochenta días a efectos de dar 
cumplimiento a lo previsto en el artículo 40, inciso 2 de la ley No.
12.803, de 30 de noviembre de 1960. La nueva planilla prevista será estructurada por la Dirección General del Presupuesto.
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