Fecha de Publicación: 19/01/1965
Página: 205-A
Carilla: 1

MINISTERIO DE HACIENDA

Artículo 33

   Declárase que el cargo de Inspector General de Receptorías estará 
comprendido en el régimen de dedicación total.

   El actual titular del cargo podrá renunciar al régimen del artículo
158 de la ley No. 12.803, de 30 de noviembre de 1960, dentro de los 
noventa días de la sanción de esta ley, en cuyo caso no percibirá la compensación complementaria.
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