Fecha de Publicación: 13/01/1965
Página: 97-A
Carilla: 1

MINISTERIO DE HACIENDA

Fe de erratas publicada/s: 22/01/1965.

Artículo 93

   Autorízase a la Dirección General de Institutos Penales a disponer de
sus proventos industriales, agropecuarios y del Plantel de Perros, en la
forma establecida por el artículo 3.o de la ley N.o 11.923, de 27 de
marzo de 1953, con destino a la adquisición de materiales para el trabajo
de sus talleres, exclusivamente.
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