Fecha de Publicación: 13/01/1965
Página: 97-A
Carilla: 1

MINISTERIO DE HACIENDA

Fe de erratas publicada/s: 22/01/1965.

Artículo 8

   Incorpórase en las excepciones establecidas en el artículo 45 de la 
ley N.o 12.950, de 23 de noviembre de 1961, (Tesoro de Obras Públicas), a
la aviación civil.
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