Fecha de Publicación: 13/01/1965
Página: 97-A
Carilla: 1

MINISTERIO DE HACIENDA

Fe de erratas publicada/s: 22/01/1965.

Artículo 219

   Agrégase al artículo 162 de la ley número 12.803, de 30 de noviembre
de 1960, las Contadurías Centrales de los Ministerios de Instrucción 
Pública y Previsión Social y de Relaciones Exteriores, que tendrán igual
organización que las allí proyectadas.
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