MINISTERIO DE HACIENDA
Fe de erratas publicada/s: 22/01/1965.
A partir de la promulgación de esta ley, el Ministerio de Obras Públicas podrá actuar directamente ante el Poder Judicial y Tribunal de lo Contencioso Administrativo, en representación del Estado, ya sea éste actor o demandado, en los asuntos de competencia de dicho Ministerio.Ayuda