Fecha de Publicación: 07/10/1964
Página: 97-A
Carilla: 1

MINISTERIO DE INSTRUCCION PUBLICA Y PREVISION SOCIAL

Artículo 62

   Fuera de las causales establecidas en el artículo 27 de la presente ley, no podrá deducirse acción de desalojo hasta que hubiere transcurrido
el plazo del artículo 1.o.
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