Fecha de Publicación: 17/07/1963
Página: 97-A
Carilla: 1

MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL

Ley 

Se modifican disposiciones de las leyes Orgánicas de las Fuerzas Armadas.

Poder Legislativo.

El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del 
Uruguay, reunidos en Asamblea General,

                                DECRETAN:

Artículo 1

   Modifícase el artículo 45 de la Ley Orgánica Militar N° 10.757, que 
quedará redactado de la siguiente forma:

   "Artículo 45. El Estado Mayor General del Ejército comprende:

A) El Jefe de Estado Mayor General del Ejército.
B) El 1er. Sub-Jefe del Estado Mayor General del Ejército.
C) El 2do. Sub-Jefe del Estado Mayor General del Ejército.
D) El Estado Mayor General Coordinador y Estado Mayor Especial que se
   organizarán de acuerdo a la reglamentación que establezca el Poder
   Ejecutivo".


Por el Consejo: FERNANDEZ CRESPO. - General MODESTO REBOLLO. - Luis M.
de Posadas Montero, Secretario.
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