Fecha de Publicación: 22/12/1961
Página: 605-A
Carilla: 1

MINISTERIO DE HACIENDA

Artículo 404

   El protocolo de los escribanos públicos y de las oficinas autorizadas
para llevarlo, se estructurará en la forma que establezca la Suprema
Corte de Justicia.
   La Suprema Corte de Justicia en la reglamentación determinará además,
el número de hojas o cuadernillos que se entregará a cada escribano u
oficina, la oportunidad de las entregas y el número de hojas o cuadernos
que deberán presentarse a la visita cuando se solicite rúbrica.
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