MINISTERIO DE HACIENDA
Facúltase a la Caja de Retirados y Pensionistas Militares a abonar los haberes de los Miembros y Secretarios del Directorio conjuntamente con el presupuesto de Sueldos de sus funcionarios, debiendo Rentas Generales reintegrar los importes que por esta concepto se les abone y que de conformidad con disposiciones legales vigentes corresponda liquidarles.Ayuda